Resumen:
En “la presente investigación, pretendemos demostrar que el proceso especial llamado Proceso Inmediato, no es una figura procesal novedosa, sino que ya se encontraba regulado en el Nuevo Código Procesal Penal (NCPP) del 2004, y que en sus últimas modificatorios, generó muchos conflictos jurídicos ya que las incompatibilidades a nivel de jerarquía de normas, asimismo advertiremos como se afecta diversos principios procesales con la incoación del proceso inmediato, cuyas modificatorios no obedecen a los fines legitimadores de la pena, sino a fines puramente políticos para la prensa sensacionalista que como único fin tiene es vender la información sin el mínimo respaldo jurídico o sentido social”.
“La investigación se desarrolla en la Corte Superior de Justicia de Ucayali y el Ministerio Público del Distrito Fiscal de Ucayali, siendo ambas entidades los responsables en la aplicación del proceso o inmediato, el primero en la concesión y el segundo en la incoación del proceso inmediato, es por ello que su vinculación es directa, siendo necesario su apreciación para determinar de manera más precisa el impacto que ha generado los últimos cambios normativos en el proceso inmediato”.